Una resolución pionera en La Rioja
Diario La Rioja publicó el 2 de junio de 2017 una noticia sobre una resolución del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Logroño que ordenó devolver a una pareja 1.295 euros vinculados a la formalización de su préstamo hipotecario.
ASERGES intervino en defensa de los consumidores. La resolución declaró nula la cláusula que atribuía al prestatario todos los gastos y reconoció la restitución de cantidades correspondientes a conceptos examinados en aquel procedimiento.
Los conceptos analizados en aquel asunto
- Notaría.
- Tasación.
- Registro de la Propiedad.
- Gestoría.
Cómo debe leerse hoy esta noticia
La noticia conserva interés histórico, pero el reparto de cada gasto y las consecuencias económicas de la nulidad han sido precisados posteriormente por la normativa y por la jurisprudencia española y europea. No todos los conceptos se restituyen necesariamente en su totalidad ni de la misma forma.
También deben revisarse el contrato concreto, la fecha de la operación, quién abonó cada factura y el régimen de prescripción aplicable. Por ello, una resolución de 2017 no permite anticipar por sí sola el resultado de una reclamación actual.
Documentación útil para estudiar una reclamación
- Escritura del préstamo hipotecario y, en su caso, novaciones o subrogaciones.
- Facturas de notaría, registro, gestoría y tasación.
- Justificantes de pago.
- Reclamaciones previas y respuestas de la entidad financiera.
