ASERGES

La Justicia riojana dicta la primera sentencia que obliga a devolver los gastos de la hipoteca

Recuerdo de la noticia publicada por Diario La Rioja el 2 de junio de 2017 sobre una sentencia pionera en la región relativa a una cláusula de gastos hipotecarios.

Una resolución pionera en La Rioja

Diario La Rioja publicó el 2 de junio de 2017 una noticia sobre una resolución del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Logroño que ordenó devolver a una pareja 1.295 euros vinculados a la formalización de su préstamo hipotecario.

ASERGES intervino en defensa de los consumidores. La resolución declaró nula la cláusula que atribuía al prestatario todos los gastos y reconoció la restitución de cantidades correspondientes a conceptos examinados en aquel procedimiento.

Los conceptos analizados en aquel asunto

  • Notaría.
  • Tasación.
  • Registro de la Propiedad.
  • Gestoría.

Cómo debe leerse hoy esta noticia

La noticia conserva interés histórico, pero el reparto de cada gasto y las consecuencias económicas de la nulidad han sido precisados posteriormente por la normativa y por la jurisprudencia española y europea. No todos los conceptos se restituyen necesariamente en su totalidad ni de la misma forma.

También deben revisarse el contrato concreto, la fecha de la operación, quién abonó cada factura y el régimen de prescripción aplicable. Por ello, una resolución de 2017 no permite anticipar por sí sola el resultado de una reclamación actual.

Documentación útil para estudiar una reclamación

  • Escritura del préstamo hipotecario y, en su caso, novaciones o subrogaciones.
  • Facturas de notaría, registro, gestoría y tasación.
  • Justificantes de pago.
  • Reclamaciones previas y respuestas de la entidad financiera.

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